Los abogados de Karen Atala celebraron el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y aseguraron que la jueza se encuentra muy emocionada.


El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que acusó al Estado de Chile por violar el derecho a la no discriminación en el caso de Karen Atala, generó reacciones en el entorno de la jueza. 
Kena Lorenzini vocera de Karen Atala y vicepresidente de la corporación Humana aseguró que "Karen está muy emocionada con este fallo, en estos momentos se encuentra en un estado de introspección, siente que se sacó el estigma de la mala madre y siente que esto es un aporte para el sistema judicial chileno"
Por otra parte, su abogado Jorge Contesse aseguró que se trata de "una decisión histórica, el gran valor de esta sentencia es la imposición que se le hace al Estado chileno, por la fractura que generó en la vida familiar de Karen Atala y sus hijas". 
Jose Ignacio Escobar, abogado de la jueza y miembro de Libertad Pública afirmó que, en la relación a la tuición de las niñas, "la corte chilena recurrió a estereotipos y prejuicios de la orientación sexual de la madre, pero se deben tener en cuenta sus habilidades parentales y no su orientación sexual".  
En relación a la carta del padre de las niñas, donde señala que no se tomó en cuenta la opinión de sus hijas, Escobar señaló "la corte suprema falló sin oír a las niñas y la corte Interamericana de Derechos Humanos citó a las tres niñas y se concretó con la declaración de dos de ellas, tanto Karen como sus hijas son víctimas".
Finalmente, Helena Olea, también abogada de Atala señaló que "en este caso no era reprochable que Karen  estuviese ejerciendo su opción sexual y conviviendo con su pareja, porque no existe un único concepto de familia".
En resumen, el falló entregado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos determina que es el Estado de Chile es responsable por la violación del derecho a la igualdad, y la no discriminación de la corte interamericana.
La Cidh también estima que el Estado es responsable por la violación al derecho a la vida privada consagrado por la convención de la corte interamericana. Además, el Estado es responsable  por la violación al derecho a la no discriminación, establecido en dicha convención.
El fallo también consigna que el Estado es responsable por la violación al derecho a la protección a la honra, además, el Estado es responsable por la violación al derecho de los niños a ser oídos.